El 26 de mayo de 2016 Banco Popular anunció una ampliación de capital de 2.500 millones de euros (lo que equivale al 50% de lo que era su capitalización bursátil).
En la publicidad mediática que Banco Popular suministró a la prensa en la indicada fecha y, en cartas dirigidas a los propios clientes de la entidad financiera a sus domicilios se presenta a BANCO POPULAR, S.A. como una de las principales entidades financieras del estado español.
Como afectado, tal vez recuerde que la colocación de acciones fue un éxito para Banco Popular. Sin embargo, más adelante se demostró que el folleto de Emisión registrado en la CNMV el 26 de mayo de 2016 no ofrecía una información real de la situación y solvencia económica de la entidad.
El 7 de junio de 2017 Banco de Santander adquirió el 100% del capital social de Banco Popular Español por el precio simbólico de 1€ y fue cuando se descubrió la real situación económica de Banco Popular. Ello ha supuesto para los titulares de acciones y deuda no ordinaria del Popular la pérdida de toda la inversión realizada. Así, los accionistas que acudieron a la ampliación de capital de mayo de 2016 pueden recuperar su dinero solicitando la nulidad de la orden de compra.
¿Quién puede reclamar?
Podrán reclamar los minoristas, ya sean personas físicas o jurídicas, que compraron acciones en la ampliación de capital del 26 de mayo de 2016 o posteriormente hasta el 10 de abril de 2017, siempre y cuando aún no conociesen la situación económica real de la entidad. Y ello independientemente de que la compra se hiciese directamente a Banco Popular o a otras entidades bancarias.
También pueden reclamar todos aquellos inversores y consumidores que comprasen acciones antes de la ampliación. No obstante, estudiamos la viabilidad de cada caso.
¿Qué opciones tienen los accionistas?
Todos los accionistas que compraron en la ampliación de capital de mayo de 2016 podrán pedir la nulidad de la orden de adquisición, ya que la decisión de adquirir acciones se tomó basándose en unos datos que no reflejaban la situación económica real de la entidad
Además de la nulidad podrán pedir una indemnización por daños y perjuicios por la pérdida de valor patrimonial sufrida por el desplome de la entidad en bolsa.
Así, los inversores que adquirieron las acciones en la última ampliación pueden recuperar en la vía judicial todo el dinero invertido en acciones junto con los intereses que hayan generado
¿A quién tengo que demandar?
Las reclamaciones se dirigen contra BANCO SANTANDER, S.A. por ser quién ha adquirido todos los activos y obligaciones de Banco Popular.
¿Qué plazo tengo para reclamar?
El plazo para reclamar en el supuesto de vicio en el consentimiento es de cuatro años desde que se tuvo conocimiento de causa, es decir, a contar desde el pasado 7 de junio de 2017, cuando se reveló que los datos proporcionados en la ampliación eran no veraces e inexactos.
¿Qué posibilidades tengo de ganar?
Son muchas las posibilidades de éxito. No solo tenemos en antecedente de Bankia, sino que ya son varias las Sentencias recaídas resolviendo sobre este asunto, y todo apunta a que los Tribunales se están haciendo eco de la mala praxis de Banco Popular y van a velar por los intereses de minoristas y consumidores en general.